Ante todo, vamos a ver qué es exactamente eso de Recovery.
La distribución de una licencia de Windows y de los drivers de un ordenador nuevo se suele hacer mediante un CD o DVD de instalación del sistema operativo Windows , a lo que hay que añadir uno o varios CD´s o DVD's con los drivers y programas .
Pero Microsoft autoriza otro sistema de distribución de licencias el cual permite ofrecer en un solo paquete tanto el sistema operativo Windows como el resto de drivers y software. Este sistema se distribuye en unos CD Recovery o bien en una partición de recuperación ( partición EISA ) o Partition Recovery.
Por motivos más que nada económicos, este último sistema es el que está siendo más utilizado en la actualidad, lo que para el usuario supone un ligero inconveniente.
Vamos a ver un temas relacionados con este sistema:
Esta partición de recuperación suele tener dos formas de acceso. O bien mediante un CD de inicio (que a veces también se le llama CD Recovery, aunque realmente no lo es) o bien pulsando una tecla determinada en el arranque, que normalmente es la tecla F11 a veces ALT + F10, aunque esto puede cambiar de un fabricante a otro. Hay que aclarar que este sistema, además de ser un sistema algo engorroso supone también una pérdida de espacio en disco para el usuario, ya que esta partición le está restando espacio al total de su capacidad (aunque normalmente no mucho). Tiene también el inconveniente de que ante la pérdida por avería del disco duro perdemos también toda esta información, imprescindible si queremos restaurar nuestro equipo a su estado de origen.
Por otra parte, todos los ordenadores que utilizan este sistema ofrecen durante su instalación la posibilidad de crear unos CD Recovery o DVD Recovery a partir de esta partición. Este es el primer paso que todo usuario de un ordenador con este sistema debería seguir, aunque la experiencia me dice que son bien pocos los que lo hacen. Por supuesto, el segundo paso es guardar este CD o DVD en un lugar en el que esté seguro y siempre a mano.
También debemos saber que los fabricantes pueden volver a suministrarnos estos CD Recovery... pero que nos los pueden cobrar, y el precio de los mismos va a depender de que incluyan una nueva licencia de Windows, drivers y programas o solo se trate de un CD de activación de la partición de recuperación.
Bien, una vez visto esto vamos a ver como suelen funcionar estos sistemas de recuperación del sistema.
Hay diferentes formas de funcionamiento, dependiendo en estos casos del fabricante y del tipo de instalador.
Lo más habitual es que ofrezcan dos tipos diferentes de recuperación:
Recuperación destructiva:
Es el tipo de recuperación más eficaz, ya que nos deja el ordenador en las condiciones en las que estaba cuando lo compramos, eliminando todo su contenido. Esto tiene el gran inconveniente de que perdemos todos nuestros datos (equivale a hacer una instalación de Windows eliminando la partición, volviéndola a crear y formateandola).
Este tipo de recuperación es aconsejable cuando han fallado todos los demás intentos de poner en orden nuestro PC.
Recuperación no destructiva:
Este tipo de recuperación es similar a Reparar nuestro Windows y reinstalar los drivers, pero manteniendo nuestros datos, programas y configuraciones.
Este tipo de recuperación es el primero que siempre debemos intentar, más que nada por el trastorno que siempre supone la reinstalación de programas y salvaguardia de datos, configuraciones, claves, correos, etc.
Pero hay un tercer tipo que es el mejor y más útil, y consiste en que mediante un menú más amplio el usuario puede decidir exactamente qué es lo que desea recuperar, permitiéndole recuperar desde sólo un driver determinado a hacer una recuperación total del sistema, incluso en forma destructiva.
El sistema de recuperación, independientemente del sistema de Recovery utilizado (CD, DVD o partición) y de la forma de activación del mismo (CD o mediante tecla) suele ser sumamente sencillo, ya que una vez que en el menú inicial elegimos el tipo de restauración que deseamos esta suele ser totalmente desatendida, pidiéndonos tan solo el Serial Key de Windows (en muchos casos no pide ni ese dato, ya que el Recovery está totalmente personalizado) y el nombre de usuario, siendo el resto de los pasos totalmente automáticos (incluso la activación del Windows, en el caso de disponer de conexión a Internet).
Por último, vamos a ver una cuantas consideraciones con respecto a estos sistemas de restauración:
1º.- Los sistemas Recovery (ya sea mediante soporte digital o mediante partición) son de entrega obligatoria, no obstante, el fabricante puede decidir en qué forma se entregan (mediante CD Recovery o en una partición).
2º.- En el caso de tratarse de una pertición, el fabricante debe facilitar los medios para hacer una copia de esta a un soporte digital (ya sea CD o DVD).
3º.- Estos sistemas forman parte del ordenador adquirido. En caso contrario debe constar claramente en el contrato de compra-venta.
4º.- Los fabricantes NO están obligados a restituir estos en caso de pérdida o mala manipulación (es decir, si eliminamos la partición donde se encuentra o perdemos los CD's), siendo la conservación de estos de nuestra plena responsabilidad.
5º.- En el caso de facilitarnos una copia de estos sistemas, los fabricantes pueden cobrar la cantidad que estimen oportuna.
6º.- En ningún caso los fabricantes están obligados a facilitarnos unos medios de restauración diferentes a los que en un principio se suministraron con el equipo (es decir, que si nuestro equipo está equipado con un sistema operativo concreto o en un idioma determinado, el fabricante en ningún momento está obligado a facilitarnos unos medios de recuperación con un sistema operativo o idioma diferente).
7º.- En el caso de suministrarnos un sistema de recuperación en un idioma o sistema operativo diferente al que el ordenador tenía en origen, el fabricante puede cobrar lo que estime oportuno, no estando obligado en ningún caso a devolver el importe del sistema no utilizado.
8º.- En todo caso, los sistemas de recuperación que contienen una copia de Windows están sujetos a los acuerdos de licencia de Microsoft.
9º.- En caso de un mal funcionamiento del ordenador, el fabricante puede devolver este a su estado inicial (es decir, cargar en el ordenador, de forma destructiva, el sistema de recuperación de este), pudiéndose negar a atender en garantía la reparación en el caso de que una vez hecho esto el ordenador funcione correctamente, pudiendo además facturar (y cobrar) tanto el tiempo como los medios empleados para hacer esta comprobación.
10º.- Por el especial tipo de licencia OEM incluida en estos sistemas, no está permitido utilizar la licencia de un sistema de recuperación de un ordenador en otro ordenador, aun tratándose de uno de la misma marca y modelo, salvo autorización expresa del fabricante. Este punto incluye también a los programas ofrecidos como Bonus pack.
No hay comentarios:
Publicar un comentario